4. RESPETO A LOS INTERESES DE LAS PARTES INTERESADAS
4.
RESPETO A
LOS INTERESES DE LAS PARTES INTERESADAS
El principio consiste en: una organización
debería respetar, considerar y responder a los intereses de sus partes
interesadas.
Aunque los objetivos de la organización
podrían limitarse a los intereses de sus dueños, socios, clientes o
integrantes, otros individuos o grupos, también podrían tener derechos,
reclamaciones o intereses específicos que deberían tenerse en cuenta.
Colectivamente, estas personas o grupos constituyen las partes interesadas de
una organización.
Una organización debería:
- Identificar a sus partes interesadas.
- Reconocer y mostrar el debido respeto, tanto por los intereses, como por los derechos legales de sus partes interesadas y responder a las inquietudes que manifiesten.
- Reconocer que algunas partes interesadas pueden afectar significativamente a las actividades de la organización.
- Evaluar y tener en cuenta la habilidad relativa de las partes interesadas para contactar, involucrarse e influir en la organización.
- Tener en cuenta la relación de los intereses de sus partes interesadas con las más amplias expectativas de la sociedad y del desarrollo sostenible, así como la naturaleza de la relación de las partes interesadas con la organización.
- Considerar los puntos de vista de las partes interesadas cuyos intereses probablemente se vean afectados por una decisión o actividad, incluso cuando no tengan un rol formal en la gobernanza de la organización, o no sean conscientes de estos intereses.
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